Se puede ver en el estado de naturaleza lockeano un sistema “primero” de convivencia que posibilita el gobierno civil. Por lo que debemos tenerlo en cuenta. El gobierno civil no atenta (solo lo regula) contra el estado de naturaleza (que lo posibilita) y quizá si revisamos con cierto detalle las características y el objetivo de este, podemos llegar a una estructura mayor, podemos saber al menos que no va a ser el gobierno civil.

 

 

-Análisis: “Ensayo sobre el Entendimiento Humano

 

Negación del Líder Natural.

 

            Locke niega la posibilidad de que existan hombres que posean el poder político por herencia natural. Esto lo demuestra desde Adán. No hay evidencia de que D-s le haya dado a Adán poder político sobre los demás hombres y de ser así no fue heredado a sus hijos. Si ese poder fue heredado, no se conoce a quien y no hay forma de demostrarlo. Para Locke esto es: el “dominio personal y la jurisdicción de Adán”[1]

 

Igualdad Natural, Preservación de la especie y Convivencia

 

            Esto trae consigo igualdad entre los hombres, dado que no existe por naturaleza o por disposición divina un hombre superior a otro del cual los demás dependan cómo sucede en el caso de otras especies como las hormigas o las abejas, donde por disposición natural hay una denominada “reina” o insecto al que sirven.

 

            Lo que reconoce el autor en el hombre como disposición natural es un “estado de completa libertad para ordenar sus actos como mejor les parezca, dentro de los límites de la ley natural, sin necesidad de pedir permiso y sin depender de la voluntad de otra persona”[2]. Esta libertad no otorga el derecho de destruirse así mismo sino procurando su especie (§7).

 

Cuando un hombre incumple esta ley natural a saber, la de atentar contra otro, ni el derecho de destruirse así mismo, sino que antes bien debe procurar su conservación, pues este es castigado por un juez o magistrado que es la excepción a la regla. Esto es que un hombre tiene poder sobre otro para legislar y hacer cumplir en virtud del poder político que se le ha otorgado. Por supuesto esta potestad no es absoluta[3].

 

Pero la reparación de un daño, que es la primera acepción del estado natural de la libertad en el hombre, se da solo en la persona afectada. Es decir cuando ha recibido daño de otro. Y este tiene su derecho natural de reclamarlo. En este caso para Locke no es necesario que lo haga un magistrado, sino que en titulo personal tiene el derecho natural de pedir su reparación. En este sentido cualquiera puede a los efectos que se efectúe tal compensación castigar en virtud de la conservación de su género.

 

Legalidad y Propiedad Privada

 

El Poder Político lo define como:”El derecho de hacer leyes que estén sancionadas con la pena capital, y, en su consecuencia, de las sancionadas con penas menos grave, para la reglamentación y protección de la propiedad; y el emplear las fuerzas del Estado para imponer la ejecución de tales leyes, y para defender a éste de todo atropello extranjero y todo ello únicamente con miras al bien público”[4].

 

            Los individuos tienen derecho a la propiedad y esto es un derecho intransferible y exclusivo. El trabajo legitima la propiedad. Y en esto consiste la Libertad, en poder disponer de sí mismo como propiedad principal. Sin propiedad no hay fuerza para mantener la libertad.

 

Reflexión Final

 

            Me parece –a titulo personal- que después de estos pequeños párrafos reflexivos de lo expuesto por Locke en el “Ensayo sobre el Entendimiento Humano” se puede ver la importancia que en este “estado de naturaleza” tiene la igualdad, la libertad y la propiedad. Claramente en el concepto del poder político se hace la determinación de su objetivo que no es otro que actuar con miras del bien público y la protección de la propiedad, y podemos añadir algo más, no atentando contra la especie. No creo que sea legítimo un estado de gobierno civil cuyo mandatario tiene el derecho político (y prácticamente absoluto) de hacer leyes, desarrolle políticas que atente contra este estado de naturaleza.

 

 

 

[1] John Locke, “Ensayo Sobre el Entendimiento Humano”. Edit. Aguilar. 1990 Pág. 4.

[2] Id. Pag 7 §7

[3] Las dos acepciones son la reparación y la represión. Esto se llama Castigo.

[4] Id. Pág. 6, § 3. Subrayado añadido.

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