Immanuel Kant nace en Könisberg en 1724, y muere en la misma ciudad en febrero de 1804. Entre sus obras podemos destacar las siguientes –en orden de aparición- “La crítica de la razón pura” (1781), “Cimentación de la Metafísica de las costumbres” (1785), “Crítica de la Razón Práctica” (1788), “Crítica del Juicio” (1790),  “La Religión dentro de los límites de la mera razón” (1793) y “Para la Paz perpetua” (1795). Hablar de la vida de Kant es, sin duda, hablar de la vida de un grande de la filosofía. Por lo que nos será prudente dejar este aspecto a un lado, a los efectos de introducirnos al tema de la moralidad “kantiana” y cumplir con el tiempo establecido.

 

 

Imanuel Kant | Adrián García

Jueves, 14 de Abril de 2005

 

El aspecto “Moral” es en la filosofía de nuestro autor un pilar que no podemos dejar a un lado. De hecho plantear el problema lo lleva a editar su libro “La Critica de la Razón Práctica”,  dado que en el hombre se da una ley moral y que esta no puede ser explicada por la razón pura. Otro ejemplo que podemos presentar a los fines de hacer viable una crítica a la razón práctica es el fundamento –si es que lo tiene- de la libertad. En consecuencia esta parte de la filosofía crítica kantiana se abocará al estudio de las acciones morales, que además presuponen la Libertad.

 Sin embargo la demostración de estos puntos las revisaremos desde el texto “Cimentación de la Metafísica de las costumbres[1].

 Comenzaremos haciendo referencia a algunos puntos iniciales:

 

  • En primer lugar los conocimientos del hombre son o materiales o formales. En cuanto a los formales se refieren a la lógica. En cuanto a los materiales son los referidos a las leyes de la naturaleza, que según la división de los clásicos son físicas –con respecto a la naturaleza- y leyes éticas –en cuanto a la libertad-.
  • En segundo lugar podemos hacer una división por objeto del conocimiento, una primera es la filosofía empírica que trata con los elementos de la experiencia y una segunda que es la filosofía pura que tratará con los elementos a priori.
  • Surge de las leyes de la naturaleza una “Metafísica de la Naturaleza” y con respecto a los elementos puros que se desprenden de las leyes éticas de la libertad que solo pueden determinarse por la filosofía pura o de elementos a priori una “Metafísica de las Costumbres”.
  • Para establecer una “Cimentación Metafísica de las costumbres” se requiere buscar elementos a priori, desprendidos de la experiencia si se quiere encontrar una ley moral práctica universal y que implique necesidad. De esta manera la razón que es universal dará una respuesta y actuará en consecuencia.

 

En este sentido nuestro autor nos plantea que una ley moral podrá ser puesta en práctica por una “voluntad absolutamente buena”. Siendo que las cosas naturales obedecen leyes, y dado que únicamente un ser racional tiene la facultad de actuar según la representación de las leyes mediante la voluntad, esta viene a ser influenciada por “una razón práctica” que al igual que la razón pura obedece a leyes del pensar, esta será en efecto regida por una ley, en este caso moral.

Una “voluntad buena”  debe seguir los principios que establecimos al comienzo, no sigue sus deseos, sino que persigue lo dictaminado. La felicidad no puede ser demostrada por Kant, dado que la felicidad depende de una o un conjunto de experiencias y que pierde su valor universal. Tampoco las inclinaciones constituyen -ni puede hacerlo- una ley moral. Dado que las inclinaciones se encuentran en una misma tabla de valor siendo que pueden en caso de algunas procurar un orden que definitivamente puede ser bueno o por otro lado ser viciosas y negativas. Una acción de este tipo puede ser valorada moralmente, pero una acción moral es digna cuando no hay otra acción que pueda tener un valor que se pueda comparar.

Cuando por ejemplo revisamos el mandato que estipula amar al prójimo aun siendo nuestro enemigo, no siendo patológico o nuestra inclinación amarlo sino nuestro deber, es entonces un amor práctico. En este caso la volición no será meramente subjetiva, que es una máxima y que sirve también subjetivamente a todos los demás seres racionales como principio práctico de la razón si esta controlara sus inclinaciones, sino que involucra el cumplimiento de una ley práctica y viene a ser un acto objetivo.

La voluntad en tal caso le incumbe buscar su felicidad no desde sus inclinaciones sino desde el deber o una máxima moral. Dado que “El deber es la necesidad de una acción por respeto a la ley[2]. Esto limita la acción del acto volitivo a no obedecer sus inclinaciones por las que su fin u objeto no trae respeto, mientras que el cumplimento de una ley no solo lo trae consigo, sino a demás la dignidad de la acción.  Kant nos dirá que “cuando se trata de valores morales, no se concierne a las acciones que son visibles, sino a aquellos internos principios de las mismas, que no se ven[3]

Otra característica de la Razón Práctica es que presupone la facultad de ordenar por sí misma e independientemente de todo fenómeno lo que debe ocurrir aún cuando la naturaleza no haya dado ejemplo de tal fenómeno y esto se da por razones apriorísticas, es decir previamente a toda experiencia.

En este punto Kant da por sentado bajo estas condiciones la posibilidad de algo tal como la Moral. “Pero una teoría de las costumbres compuesta de estímulos provenientes de sentimientos e inclinaciones y al mismo tiempo de conceptos racionales, tienen por fuerza que hacer vacilar el ánimo entre causas de motivación que no se dejan dominar por ningún principio y que solo ocasionalmente conducen al bien, conduciendo con mayor frecuencia al mal. Aparece de lo antedicho que todo concepto moral tiene su origen en la razón totalmente a priori, y esto ocurre en la más común razón humana, tanto como en la más altamente especulativa; que los conceptos morales no pueden abstraerse a partir de ningún conocimiento empírico y, por lo tanto, meramente casual; que en esta pureza de su origen reside incluso su dignidad de servirnos como principios supremos; que cuanto más de empírico haya en la acción tanto más se resta a esta de sus limitados valores y de la genuina influencia de los conceptos morales; que no solamente es de la mayor necesidad en el aspecto teorético, cuando depende meramente de la especulación, sino, además, de la mayor importancia práctica, crear estos conceptos y leyes a partir de la razón pura, así como exponer pura y completamente la extensión de este conocimiento racional puro, es decir, determinar enteramente la facultad de la razón pura práctica, pero esto no implica, como la filosofía especulativa y aun hace ocasionalmente necesario, hacer dependientes de los principios de la peculiar naturaleza de la razón humana, sino que, porque las leyes morales han de valer para todo ser racional por el hecho de serlo, derivarlas del concepto general de un ser racional y de este modo exponer en principio toda moral, que necesita de la antropología para su aplicación a los hombres, totalmente como filosofía pura, es decir como metafísica (lo que puede hacerse fácilmente en esta clase de conocimientos totalmente abstractos), bien entendido que resulta inútil, sin estar en posesión de estos conocimientos, no voy ya a decir determinar con exactitud para el juicio especulativo lo moral del deber en todo lo que es debido, sino que hasta incluso es imposible en el mero uso común y práctico, especialmente en la enseñanza de la moral , fundar esas costumbres sobre sus genuinos principios y de este modo injertar los espíritus del más alto sentido para el bien del mundo. Pero para este enjuiciamiento, utilizar en nuestro progreso los escalones naturales, no simplemente desde el juicio moral común al filosófico, como ha ocurrido en toda otra ocasión, sino desde una filosofía popular que no va más allá de donde puede llegar andando a tientas y caminando torpemente entre ejemplos, a la metafísica (que no se deja detener más por nada empírico y que, teniendo que dar medida del compendio de conocimientos racionales de esta clase, llega en cualquier caso hasta ideas donde los ejemplos nos abandonan).”[4]

De aquí en adelante entraremos explícitamente en los terrenos metafísicos donde procuraremos asentar las bases de las costumbres. Quizá antes ya lo habíamos tocado, pero de manera ligero si se quiere.

Lo bueno en sentido práctico es aquello que mueve a la voluntad por medio de las representaciones de la razón y de manera objetiva, es decir, bajo la forma de una ley moral. Por ejemplo lo agradable, mueve la voluntad hacia una inclinación placentera, luego no contribuye a lo que buscamos en un principio, por lo tanto no define el bien.

Las leyes morales se dan como mandatos u ordenanzas, es decir, a manera de imperativos. Estos pueden ser:

 

  • Hipotéticos: Expresa la necesidad práctica de llevar a cabo una acción como medio para algún otro fin que se quiere. El valor moral de esta acción la da el objeto en relación con la voluntad. Se limita a decir que la acción es buena para un propósito posible es decir trata de un principio práctico problemático[5] o un propósito real, en este caso es un principio práctico asertorio[6].
  • Categóricos: Expresa una acción por sí misma como objetivamente necesaria, sin relación con ningún otro objeto. Es un principio práctico apodíctico[7].

 

En el Imperativo Hipotético la volición es un medio para conseguir un fin, así como por ejemplo cuando se busca la felicidad, “No debe tratársele simplemente como necesario para un propósito incierto, meramente posible, sino para un propósito que puede suponerse con seguridad y a priori en todos los hombres porque pertenece a su ser.”[8] Por lo tanto es asertorio. Estos imperativos hacen que la voluntad actúe de manera tal que si cumple con tal acción entonces habrá un resultado esperado.

Un consejo por ejemplo puede encerrar una necesidad pero válidas bajo condiciones subjetivas y ocasionales que pueden ser considerados como Imperativos Hipotéticos. Dado que busca un fin como por ejemplo la felicidad. En cambio el Imperativo Categórico no se limita por condiciones, porque no se valora desde un objeto, sino desde sí mismo.

La felicidad dada su característica de pertenecer a una unión de elementos empíricos, y no poseer universalidad ni principio a priori Kant no duda[9] en catalogarla como una Idea proveniente de la imaginación, no de la razón.

En el caso del Imperativo Categórico la acción no persigue un fin a un objeto sino que en sí mismo es fin. Además consideremos que trae consigo el ánimo de aceptar el resultado de tal acción.  Dado que no atañe a la materia de esta ni a lo que de ella puede sobrevenir, sino a la forma y el principio del que la acción misma proviene. Este se trata de una proposición sintético-práctica a priori. Sin una condición hipotética supuesta proveniente de alguna inclinación que da valor a la acción en relación con el objeto deseado, sino que persigue que la subjetividad de una máxima posible para todos los seres racionales de tener dominio bajo sus inclinaciones se convierta en ley práctica objetiva, esto es en ley universal, sin perseguir un fin más que el deber.

Un Imperativo General bajo este esquema puede rezar así: “Obra tal como si la máxima de tu acción hubiera de convertirse por tu voluntad en ley universal de la naturaleza”. Debido a que la universalidad de esta norma alcanza los efectos producidos en la naturaleza.

Dos cortos ejemplos podrán ayudarnos a comprobar la veracidad de tal imperativo.

  1. En el primero un hombre tras la desesperanza de sus frustraciones siente desprecio y fastidio hacia la vida, y aún teniendo el uso de la razón puede preguntarse si para sí es un deber quitarse la vida. La máxima de su acción debe ser probada si esta puede llegar a ser una Ley General de la naturaleza. Pero su máxima es : convierto en principio acortarme la vida por amor a mí mismo cuando ésta, con su mayor duración amenaza mas males que promete aceptabilidad. En este caso podemos ver una evidente contradicción entre terminar la vida por al amor que la impulsa, por lo tanto tal ley no puede llegar a ser una ley general de la naturaleza.
  2. Un segundo caso es un hombre que se ve forzado a la necesidad de tomar dinero prestado, haciendo promesa de devolverlo en un plazo determinado, teniendo conciencia de que no puede regresarlo, pero sin tal juramento el dinero no le será entregado. Aún este hombre tiene uso de razón como para preguntarse si ¿acaso no es licito y contrario al deber ayudarse de tal modo salir de esta manera de la necesidad? De ser así su máxima rezaría: si creo encontrarme en necesidad de dinero, lo pido prestado y prometo pagarlo aun cuando se que esto no pasará nunca. En este caso otra contradicción se asoma. Si esto se convierte en norma general prometer bajo conocimiento de que la promesa será incumplida haría inútil el prometer con respecto a su finalidad conceptual que es cumplir.

 

Tal imperativo debe ser apriorístico como lo determinamos al principio y a la vez prescindir de las inclinaciones de los hombres.

 A los efectos de la Libertad esta se ve vulnerada por las inclinaciones del hombre, dado que la finalidad de la acción se da en relación con el objeto que persigue. A esto Kant llama Heteronomía, mientras que siguiendo el Imperativo Categórico la voluntad se aparta de las inclinaciones y no dependen del objeto llamado también autonomía. Esto es la “Voluntad absolutamente buena”.

 “Lo que sirve a la voluntad como razón objetiva para su autodeterminación es la finalidad, y esta, cuando es dada por medio de la simple razón, debe tener validez para todos los seres racionales… Por el contrario la base de la posibilidad de acción, cuyo efecto es su finalidad, se llama medio. La base subjetiva de la apetencia es el impulso, la objetiva de la volición es el motivo.”[10]

En este sentido el motivo y finalidad del imperativo categórico es su valor absoluto, y este tiene que ser el hombre mismo. Nosotros como seres racionales nos llamamos personas y esto es porque no dependemos sino de nuestra voluntad, no de la naturaleza. De aquí se sigue no solo que el hombre es el valor absoluto, que significa que toda acción se justifica en él, sino que además este no puede ser usado como medio de ninguna acción, solo como fin último de las acciones. Esta será de ahora en adelante nuestra Ley o Imperativo Práctico: “Obra de modo que en cada caso te valgas de la humanidad, tanto en tu persona como en la persona de todo otro como fin, nunca como medio.

Si retomamos los dos ejemplos anteriores podemos demostrar la validez de esto:

  1. En el primer caso el suicida se preguntará si su acción puede subsistir junto a la idea de humanidad como fin en sí misma. Si se destruye para huir de una situación penosa se sirve de una persona como medio para alcanzar una situación soportable hasta el final de la vida. Pero el hombre no es una cosa que depende de la naturaleza, sino de su voluntad, por lo que no puede ser usado como meramente como medio sino que debe serle considerado como fin último. Así que no puedo según el Imperativo antes dicho usar bajo ningún concepto a un hombre para mutilarlo, pervertirlo o matarlo.[11]
  2. En el segundo caso el que promete y conoce que no puede cumplir al preguntarse por la validez moral de su acción verá que tiene la intención de querer servirse de otro hombre como simple medio. Pues aquél a quien quiero usar para mis propósitos mediante una tal promesa no puede en ningún modo coincidir con mi forma de proceder contra él ni contener el fin de esta acción.[12]

 

Tal principio no se deriva de la experiencia, lleva consigo universalidad que concierne a todos los seres racionales. Una unión sistemática mediante leyes comunes objetivas, es decir, la creación de un reino al cual por tener leyes como fines Kant le llama “Reino de los Fines”. En este sentido la moralidad viene a ser entonces la relación de todo acto con la legislación por la que únicamente es posible un reino de los fines.

La moral es entonces la condición única bajo la cual el hombre puede ser “fin en sí mismo”.

El principio de moralidad a en este momento puede determinarse así, pues todas las máximas tienen:

  1. Una forma que consiste en la universalidad y en consecuencia la formula del imperativo moral que dice: que las máximas deben ser elegidas como si tuvieran que tener validez de leyes naturales.
  2. Una materia, es decir un fin cuya ley dice: que el hombre como fin según su naturaleza por tanto como fin en si mismo debe servir a toda máxima como condición limitadora de todos los fines meramente relativos y pertenecientes al libre albedrío.
  3. Una tota determinación de todas las máximas mediante la siguiente formula: que todas las máximas de legislación propia han de estar de acuerdo con un posible reino de los fines como reinos de la naturaleza.

 

Primeramente lo haremos con la idea de libertad hasta ahora solo nombrada. Kant dirá que no es suficiente adjuntar esta idea a nuestra voluntad, sino que además “debe demostrársela como perteneciente a la actividad de los seres racionales y dotados de una voluntad. Ahora yo digo: todo ser que no puede conducirse sino bajo la idea de libertad es, precisamente por eso verdaderamente libre prácticamente considerado, es decir, para él son válidas todas las leyes que van inseparablemente unidas a la libertad… Afirmo pues que a todo ser racional que posee una voluntad, tenemos que prestarle también la idea de libertad, bajo la que únicamente se conduce”.

 

Con respecto a Kant debemos recordar que esto no puede ser demostrado más allá dado que debemos tener en cuenta que trabajamos sobre una idea de la facultad de la razón práctica. Ir más allá es caer en un juicio inconveniente al trabajo realizado.

 

El interés o algún interés unido al actuar puede no quedar muy claro por lo que el autor en sus conclusiones busca un camino seguro para salir al paso. Si determinamos que hemos supuesto una ley para conducirnos ¿Por qué ha de someterse el principio de la libertad a servir nuestra propia legislación universal? Pues parece ser que el “haber de” se convierte definitivamente en un “querer que”. Y esto no supone un Imperativo Categórico, a saber: “Obra solo según aquella máxima de la que al mismo tiempo puedas querer que se convierta en norma universal”[13]. Ni la sensibilidad ni el entendimiento pueden darnos razones de ello, dado que lo que podemos percibir es peras representaciones de las cosas, y si el hombre no puede llegar a conocer un objeto no podrá hacerlo el mismo dado que él no se ha hecho. Sin embargo queda en nuestros recursos la razón. Pues la sensibilidad no piensa y el entendimiento a lo más que llega es a poner las representaciones sensoriales bajo reglas, “pero la razón muestra bajo el nombre de la idea una espontaneidad tan pura que se sale de todo lo que la sensibilidad puede proveer y muestra su mas prominente ocupación en distinguir uno de otro el mundo sensible y el mundo del entendimiento…” Por lo tanto un ser racional debe considerarse a sí mismo como inteligencia, no perteneciente al mundo sensible sino al mundo del entendimiento; con esto dos aspectos desde los que puede contemplarse… por consiguiente, de todas sus acciones: en primer lugar, en cuanto perteneciente al mundo sensible, bajo leyes naturales (heteronomía); en segundo lugar como perteneciente al mundo inteligible, bajo leyes que independientes de la naturaleza, no empíricamente sino simplemente se fundan en la razón”[14]

 

[1]Cimentación para la Metafísica de las Costumbres”. I. Kant. Edit. Aguilar. 1978.

[2] Id Pàg 69

[3] Id. Pág 80

[4] Id. Pág. 86-87

[5] acepta su afirmación o negación solo como posible (arbitrario). Entendimiento.

[6] considerado como reales. Juicio.

[7] afirmación o negación como necesarias. Razón.

[8] Id. Pág. 92.

[9] Id Pág. 97

[10] Id. Pág. 109

[11] Debo aquí soslayar una mayor presición… id pág 112

[12] No se piense en modo alguno que el trivial quod tibi non visfieri (lo que para ti no quieras) puede servir como dirección o principio. No puede ser ley general, ya que no contiene la base de los deberes para consigo mismo ni del amor para con los otros (pues muchos concederían gustosos que los otros no les hicieran bien si con ellos se vieran dispensados de igual obligación) y, finalmente las obligaciones recíprocas; pues sobre esta base, el delincuente discutiría con el juez que le impone un castigo, etc. Id. Pag. 113.

[13] Id. Pág 100

[14] Id. Pag 144

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